
Buenos
Aires, 27 de diciembre de 2002
VISTO el Expediente Nº 135.243/02 del
Registro de este Ministerio y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 16 de
la Ley N
º 24.573 establece los requerimientos para ingresar en el Registro de
Mediadores.
Que el Inciso 2º del Artículo 16 del Anexo
I del Decreto Nº 91/98 reglamenta los requerimientos de ingreso en el Registro
de Mediadores, entendidos como instancias de capacitación y evaluación cuya
ejecución se delega en el organismo competente del MINISTERIO DE JUSTICIA, hoy
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS.
Que tales requerimientos fueron pautados por
los Artículos 2º, 4º, 7º y 8º, por el Anexo II de
la Resolución M. J.
Nº 284 del 17 de julio de 1998 y por
la Resolución M. J.
y D. H. Nº 729 del 25 de julio de 2000.
Que la experiencia obtenida en la
implementación y ejecución del Anexo II de
la Resolución M. J.
Nº 284 del 17 de abril de 1998 hace necesario reformular los requerimientos
establecidos para la instancia de evaluación de idoneidad de aspirantes a
ingresar al Registro de Mediadores creado por
la Ley N
º 24.573.
Que resulta imprescindible especificar las
diferentes instancias, escala de calificación y criterios de evaluación que
sustentan la instancia de evaluación de idoneidad que establece el Artículo 16
Anexo I del Decreto Nº 91/98 para la inscripción en el Registro de Mediadores,
así como también las fechas en las que se realizarán y las limitaciones éticas
que deberán respetar los integrantes del comité de evaluación.
Que se han recogido y compatibilizado con la
presente las precisiones referidas a la evaluación de idoneidad contenidas en
la Resolución M. J.
y D. H. Nº 729 del 25 de julio de 2000.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades conferidas por los artículos 15, 16 y 17 de
la Ley N
º 24.573, por el artículo 3º del Decreto Nº 91/98, el artículo 16, inciso 2º,
del Anexo I del Decreto Nº 91/98. Por ello,
EL
MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:
ARTICULO 1º- Establécense las instancias de
evaluación que deberán aprobar los aspirantes a ingresar al Registro de
Mediadores de
la Ley N
º 24.573, sus etapas, propósitos, instrumentos, escala de calificación y
criterios de evaluación, que como Anexo I forma parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 2º- Apruébase la estructura del
Plan de Estudios de Formación inicial para aspirantes a mediadores de
la Ley N
º 24. 573, sus instancias, programas, carga horaria mínima y bibliografía
recomendada, que como Anexo II forma parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 3º- Los aspirantes a ingresar en el
Registro de Mediadores, conforme lo dispuesto por el Artículo 16 de
la Ley N
º 24.573 y el Artículo 16 del Anexo I del Decreto Nº 91/98, deberán
acreditar tres años de ejercicio profesional contado a partir de la fecha de
matriculación en un Colegio de Abogados Nacional.
ARTICULO 4º- Las pruebas de evaluación
exigidas serán tomadas durante los meses de mayo y octubre de cada año. Los
aspirantes a ingresar al Registro de Mediadores podrán presentar durante todo
el año al organismo de aplicación, la documentación exigida por las normas
vigentes. Quienes se inscriban hasta el último día hábil del mes de abril serán
examinados en el mes de mayo y quienes lo hagan hasta el último día hábil de
setiembre serán examinados en el mes de octubre.
ARTICULO 5º- Los aspirantes a ingresar en el
Registro de Mediadores, conforme lo dispuesto por el Artículo Nº 16 de
la Ley N
º 24.573 y el Artículo 16 del Anexo I del Decreto Nº 91/98, deberán
acreditar un certificado de curso introductorio a la mediación, un
entrenamiento en mediación y una pasantía en mediación, emitidos por: el
MINISTERIO DE JUSTICIA a través de
la entonces DIRECCIÓN NACIONAL
DE EXTENSIÓN JURIDICA entre el 1º de julio de 1994 y el 31 de diciembre de
1997, entidades cuyos programas fueron reconocidos en calidad de equivalentes a
los de esa Dirección entre el 2 de enero de 1997 y el 28 de febrero de 1998,
entidades habilitadas en el Registro de Instituciones Formadoras en Mediación
cuyos programas fueron aprobados en el marco del Anexo I de
la Resolución M. J.
Nº 284/98,
la entonces DIRECCION NACIONAL
DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS entre el mes de enero de
1998 y el 31 de diciembre de 1999 y aquéllos que emita
la DIRECCIÓN NACIONAL DE
PROMOCION DE METODOS PARTICIPATIVOS DE JUSTICIA u organismo competente en la
materia de este Ministerio, según los programas del plan de estudios de formación
inicial que como Anexo II forman parte de
la presente Resolución.
ARTICULO 6º- La convocatoria, gestión y
corrección de las instancias de evaluación estará a cargo de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE
PROMOCION DE METODOS PARTICIPATIVOS DE JUSTICIA u organismos competentes de
este Ministerio.
ARTICULO 7º- Se asegurará el anonimato de
las evaluaciones escritas, que sólo serán identificadas por un código y por
el detalle de la institución o instituciones en las cuales el aspirante cursó
su formación inicial. Las evaluaciones escritas y orales no podrán ser
corregidas ni administradas por personal del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y
DERECHOS HUMANOS, de planta permanente, transitoria o contratado, que al momento
de la realización de la evaluación integren o hayan integrado el cuerpo
docente de la institución o instituciones habilitadas en el Registro de
Instituciones Formadoras en Mediación creado por el Anexo I de
la Resolución M. J.
Nº 284/98, o el cuerpo docente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE
PROMOCION DE METODOS PARTICIPATIVOS DE JUSTICIA, que hubiesen dictado cursos a
aspirantes a ingresar el Registro de Mediadores en el marco de las acciones
asignadas a esta dependencia por el Anexo II del Decreto Nº 624/00. Se podrá
invitar a representantes de Colegios de Abogados Nacionales para participar con
carácter honorario en cualquiera de las instancias de evaluación.
ARTICULO 8º- Aquellos aspirantes que
obtuviesen la calificación "desaprobado" podrán solicitar revisión
de sus evaluaciones por nota escrita, en un plazo no mayor a tres días hábiles
desde la publicación de los resultados de aquéllas en una cartelera de este
Ministerio. La comunicación de la revisión de las evaluaciones se realizará a
través de un informe escrito al aspirante que lo hubiera solicitado, realizado
por un evaluador diferente al primero.
ARTICULO 9º- Aquellos aspirantes que
obtuviesen la calificación de "desaprobado" podrán presentarse a
sucesivas fechas de evaluación a través de la presentación de la
correspondiente solicitud.
ARTICULO 10º- Deróganse los Artículos 2º,
4º, 7º y el Anexo II de
la Resolución M. J.
Nº 284 del 17 de abril de 1998 y
la Resolución M. J.
y D. H. Nº 729 del 25 de julio de 2000.
ARTICULO 11º- Sustitúyase el ARTICULO 1º
de
la Resolución M. J.
Nº 284/98 del 17 de abril de 1998, por el siguiente texto: "ARTICULO 1º-
Apruébase el PROGRAMA DE EVALUACIÓN DE CALIDAD DE FORMACIÓN EN MEDIACIÓN,
que contiene el Anexo I que forma parte de
la presente Resolución
".
ARTICULO 12º- Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 480
Dr.
Juan José Álvarez
Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos
Humanos
ANEXO
I
Instancias de evaluación de aspirantes a
mediadores de Ley Nº 24.573
Etapa I: Antecedentes curriculares.
- Propósitos:
- Registrar
los datos básicos de los profesionales aspirantes a ingresar al Registro
de Mediadores.
- Tomar
conocimiento con la trayectoria profesional y académica del aspirante a
ingresar en el Registro de Mediadores.
- Instrumentos: formulario de información curricular, obligatorio y
con carácter de declaración jurada. Formulario de antecedentes
curriculares, optativo y con carácter ampliatorio.
- Metodología: ambos formularios podrán ser completados en el
momento de la presentación de la totalidad de la documentación
reglamentaria o retirados con anticipación.
- Los antecedentes curriculares consignados a través del formulario
de información curricular obligatorio y el
- formulario de antecedentes curriculares tienen sólo carácter
informativo y para constituir el legajo del aspirante. Los mismos no serán
evaluados con un puntaje ya que no influyen necesariamente en el perfil del
mediador considerado idóneo para el desempeño en el ámbito prejudicial.
Etapa II: Evaluación escrita.
Propósitos:
- Determinar el nivel de conocimiento del procedimiento de la mediación,
de sus fundamentos conceptuales y de las normas que regulan su
funcionamiento y ejercicio.
- Determinar la capacidad para elaborar un programa de intervención
en una mediación prejudicial desde el rol de mediador.
- Determinar la capacidad de analizar situaciones posibles dentro del
proceso de una mediación, valorar cursos de acción viables y proponer
soluciones factibles con adecuado nivel de fundamentación legal y
procedimental.
- Instrumento de evaluación: Casos de mediación.
- Metodología: Análisis de casos. Los mismos con sus respectivas
consignas serán entregados en el mismo momento de la evaluación.
- Escala de calificación: de
1 a
10. Aprobado con un mínimo de 6 ( seis) puntos, desaprobado con menos de 6
( seis). La aprobación de esta prueba es un requisito para el acceso a la
instancia oral.
- Criterios de evaluación: se fundamentan en el perfil de mediador
considerado idóneo para su desempeño en el ámbito prejudicial: se
considerará aprobada la evaluación de un aspirante cuya producción
escrita evidencie:
- Conocimiento de las normas vigentes aplicables al caso.
- Capacidad para identificar y describir fundamentadamente las
características del proceso de la mediación, la utilización de los
recursos según lo requiera el proceso, las herramientas e intervenciones
del mediador en el caso planteado ( parafraseo, utilización de sesiones
privadas, detección de posiciones e intereses, confección de agenda y
manejo de temas sustanciales, manejo del diálogo y de las intervenciones
para replantear el conflicto, elaborar opciones y formular acuerdos).
- Capacidad de analizar el problema desde el rol del mediador y de
elaborar un plan estratégico para mediar en el caso planteado.
- Conocimiento de estrategias comunicacionales pertinentes para:
neutralizar cargas emocionales, formular preguntas que permitan indagar
intereses y necesidades, obtener información, promover la comunicación
entre las partes o a través del mediador, intervenir para hacer agente de
la realidad y replantear adecuadamente el motivo del conflicto.
Etapa III: Evaluación oral.
Propósitos:
- Determinar la capacidad para exponer claramente los componentes
involucrados en una situación de mediación.
- Determinar la capacidad de explicar el análisis de una situación
fundamentando cada aspecto del análisis.
- Indagar la capacidad para comunicarse con diferentes códigos
verbales y no verbales.
Instrumento de
evaluación: entrevista oral individual, con una duración máxima de 60
minutos.
Metodología: una
vez aprobada la prueba escrita, el aspirante podrá contar la fotocopia del caso
o casos analizados en esa instancia, cuyo análisis expondrá en la entrevista y
a partir del cual se le formularán preguntas.
Escala de
calificación:
1 a
10, aprobado con 6 (seis) puntos y desaprobado con menos de 6 ( seis).
Criterios de
evaluación: se fundamentan en el perfil de mediador considerado idóneo para su
desempeño en el ámbito pre-judicial: se considerará aprobada la entrevista de
un aspirante cuya evaluación evidencie:
- Capacidad
para expresar claramente y en forma sintética los diversos componentes
involucrados en un caso de mediación ( problema, intereses y necesidades,
posibles opciones, etc.)
- Capacidad
para explicar normas jurídicas en términos comprensibles para legos.
- Capacidad
de utilizar los recursos comunicacionales para promover el diálogo.
- Capacidad
para evaluar cambios viables en la solución de problemas.
ANEXO II
Plan de Estudios de Formación inicial
para aspirantes a mediadores de
la Ley N
º 24 573
Primera instancia: Curso Introductorio a
la mediación
Programa
Objetivos:
- Conocer las ventajas y diferencias de la mediación en relación con
otros métodos de resolución de disputas.
- Conocer las características de la mediación y la pertinencia de su
utilización según el tipo de conflicto.
- Conocer la estructura del procedimiento de la mediación.
- Conocer la dinámica del procedimiento.
- Conocer el rol del mediador en cada una de las etapas del
procedimiento y las cualidades necesarias para una adecuado desempeño del
rol.
Contenidos:
- Métodos de resolución de conflictos,
adversariales y no adversariales. Ubicación de la mediación en el continuo
- de los métodos de resolución de conflictos. Concepto de mediación.
Pertinencia de su utilización.
- Teoría del conflicto.
Diferentes campos de abordaje. Conflictos mediables y no mediables.
Necesidades subyacentes, posición, interés. Rol del mediador en los
conflictos mediables. Aspectos éticos.
- Teoría de
la negociación. Diferentes
modelos de negociación. La negociación
colaborativa como fundamento de
la mediación. Concepto
de M. A. A. N.
- Teoría de la comunicación:
teoría de Paul Watzlawick, el modelo de Barnett Pearce, el modelo circular
narrativo de Sara Cobb. La comunicación en la mediación: habilidades y técnicas
para parafrasear, reformular, interrogar, facilitar la comunicación entre
las partes.
- Características de la mediación: cooperación, neutralidad y confidencialidad. Técnicas del
mediador: el replanteo, el torbellino de ideas, etcétera.
- Estructura del procedimiento de la mediación:
sesiones conjuntas y privadas. Técnicas requeridas para cada etapa.
- Aspectos legales de la mediación:
la Ley N
º 24 573 de Mediación y Conciliación y Decreto 91/98. Leyes provinciales
de mediación. Compatibilidades entre el ámbito nacional y provincial.
Carga horaria mínima: 20 horas de 60
minutos.
Segunda instancia: Entrenamiento en
mediación.
Objetivos:
- Aprehender las habilidades y técnicas necesarias para el desempeño
idóneo del rol del mediador.
- Desarrollar estrategias para desempeñarse en el proceso de mediación
prejudicial, según las etapas propias del mismo.
- Desarrollar las actitudes necesarias para el ejercicio de la mediación.
Contenidos:
- Información previa. Convocatoria a
la mediación. Creación
del escenario: contacto visual y auditivo, clima propiciatorio para el diálogo.
Actitud del mediador. Agenda del mediador. Legitimación del rol del
mediador. La confidencialidad.
- Presentación de las partes y del mediador. El discurso de apertura:
explicación del método, características, explicación de las reglas de
funcionamiento y comportamiento durante la mediación.
- El relato de las partes: diferenciar posiciones de intereses y
necesidades. El parafraseo. La escucha activa y la neutralidad.
- La exploración de los intereses de las partes. Técnicas de búsqueda
de información. La toma de notas. El interrogatorio. El uso de preguntas
abiertas.. Estilos de comportamiento del mediador.
- Legitimación relacional: connotación positiva, reconocimiento,
"empowerment".
- Las sesiones privadas. El replanteo. El uso de preguntas cerradas,
coercitivas, circulares y facilitadoras.
- Generación de opciones: técnicas. "Abogado del diablo"
(o "Agente de la ralidad"), "Torbellino de ideas",
"Ponerse en los zapatos del otro". Las diferentes propuestas. Estándares
objetivos. Filtros objetivos y personales.
- El acuerdo: contenido y forma. Tipos de acuerdo: de fondo, de
procedimiento, parciales y totales. Homologación de acuerdos.
- Aspectos procesales de la mediación obligatoria. Rol de los
abogados de parte en
la mediación. La
mediación pública y privada según el Decreto 91/98. La mediación y sus
ámbitos de aplicación (mediación patrimonial, familiar, etcétera).
Carga horaria mínima:
60 horas de 60 minutos.
Tercera instancia: Pasantía en Mediación.
Objetivos:
- Articular los conocimientos teóricos con las estrategias de desempeño
para el rol del mediador, dentro del campo de acción real de la mediación
en el ámbito pre-judicial.
- Observar mediaciones reales y reflexionar sobre ellas a fin de
elaborar modelos de desempeño coherentes con el instituto de la mediación.
Contenidos:
- Recepción de las partes, abogados de partes y/o terceros. Escenario
y clima. Actitud del mediador.
- Agenda del mediador. Legitimación del rol del mediador. La
confidencialidad.
- Presentación de las partes y del mediador. El discurso de apertura:
contenido y forma. Actitud de las partes.
- El relato de las partes: posiciones, intereses y necesidades. Tipo
de conflicto involucrado. Aspectos legales. El parafraseo del mediador.
Indicadores de escucha activa y la neutralidad.
- La exploración de los intereses de las partes. Técnicas utilizadas
por el mediador. El uso del interrogatorio. Estilos de comportamiento del
mediador.
- Legitimación relacional: connotación positiva, reconocimiento,
"empowerment".
- Las sesiones privadas. El replanteo.
- Generación de opciones: técnicas. "Abogado del diablo",
"Torbellino de ideas", "Ponerse en los zapatos del
otro". Las diferentes propuestas. Estándares objetivos. Filtros
objetivos y personales.
- El acuerdo: contenido y forma. Tipos de acuerdo. Homologación de
acuerdos.
- Aspectos procesales de la mediación.
Carga horaria mínima: 20 horas de 60
minutos, distribuidas en dos instancias simultáneas: 10 horas de observación
no participante de mediaciones reales en vivo y 10 horas de participación en
talleres de reflexión dirigidos por un mediador-tutor.
Bibliografía
recomendada
A
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Naturaleza
de la Entidad Servicios
a la Comunidad Diferencia
entre Escuelas de Negociación Actividades
del IANCA
CADIANDA
Patronato
de Resocialización y Readaptación Autoridades
Publicaciones
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¿Qué
es ...? Soportes
Registros
Pregunstas
Frecuentes Escuela
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